EL PARQUE LÓPEZ DE AYALA, UN TRISTE EPISODIO EN LA HISTORIA DE MÉRIDA

En vez de un parque, lo han convertido en un recinto donde prima el hormigón

Las obras de transformación del parque López de Ayala, han llegado a su fin, para satisfacción de vecinos y emeritenses en general que utilizaban las calles aledañas para transitar.

Pero el destrozo causado, no sólo en el arbolado que existía, sino también en sus paseos y jardines, ha sido descomunal e irreversible.

No es verdad que había árboles enfermos ni con problemas de estabilidad, como lo han certificado en un informe técnico un ingeniero forestal y un biólogo.

No es verdad que había problemas generales de accesibilidad al recinto ni de tránsito por el parque.

El volumen de copas de árboles se ha reducido sensiblemente. El parque López de Ayala tiene una superficie de 6.081 metros cuadrados y está calificado como V1, siendo según el Art. 5.94.g <<una zona de defensa ambiental, mediante arbolado y ajardinamiento para la protección de ruidos y la retención de partículas contaminantes>>. Esto significa que su volumen de copas no podía reducirse del histórico existente, ya que ello vulnera el principio jurisprudencial y de las Directivas europeas sobre medio ambiente de NO REGRESIÓN AMBIENTAL.

El proyecto incumple lo contemplado en el vigente Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). La reforma del parque tenía que haber cumplido las condiciones estipuladas en el PGOU y en concreto en su Sección Primera, Art. 5.94 (Condiciones Particulares de las Zonas Verdes o Jardines):

a) Las zonas verdes (V1) tienen como elementos fundamentales el arbolado y los cultivos de flores y los usos deportivos y sociales se subordinarán a ellos, no pudiendo ocupar más del 10% de la superficie de la zona.

b) En los jardines de menos de una hectárea se podrá dedicar un máximo de 1.500 metros cuadrados exclusivamente a uso deportivo.

Según el PGOU no se admite otro uso de su superficie que un 10% para actividades deportivas, es decir, 608´1 metros cuadrados, por lo que terrazas de bares, pavimentaciones o plataformas para otros usos quedan prohibidas.

Sería necesario que el Ayuntamiento aclarara que si en el proyecto figuraba que los nuevos árboles a plantar tendrían que tener una sección mínima de 20 cms., porqué los que han sido plantados no superan los 10.

Un verdadero parque, como era el histórico López de Ayala, ha sido suplido por un espacio donde lo que prima es el hormigón, no los árboles y arbustos que son los que hacen que a un recinto se le llame PARQUE.

FONDENEX esperará la sentencia del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo ante la denuncia presentada por incumplimiento del PGOU.

ANTES DE LA REFORMA

DESPUÉS DE LA REFORMA

OTRO DE LOS ÁRBOLES ENFERMOS…

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